Control administrativo
- Fase mecánica: La fase mecánica está compuesta por la planificación y la organización. Podríamos decir que es una parte estática del proceso.
- Fase dinámica: La fase dinámica, por su parte, está compuesta por la dirección y el control. En este sentido, la palabra dinámica hace referencia al movimiento
Es decir, una vez hemos planificado y organizado, toca ejecutar y ponerse manos a la obra.
En cualquier caso, más importante que distinguir entre mecánico y dinámico, es conocer las distintas etapas que lo componen:
Planificación: Trata de programar las tareas a realizar y resolver las cuestiones pertinentes que más tarde se ejecutarán.
Organización: La idea es ver quién se encargará de cada tarea, en qué orden y qué estructura tendrá el proyecto en su ejecución.
Dirección: La dirección no sólo se encarga de mandar, también se encarga de ayudar, respaldar e intervenir ante cualquier conflicto que se presente en la consecución de objetivos.
- Control: El control se basa en el seguimiento de métricas confiables que permitan supervisar que se conseguirán los objetivos más grandes.
Concepto de control
Tipos de control
Para obtener que sean verdaderos y efectivos los requerimientos de conveniencia, eficacia, legalidad y responsabilidad en la actividad administrativa, la Constitución y la Ley instituyen diversos controles con contenidos y alcances propios cada uno:
- CONTROL INTERNO: El que se realiza internamente dentro de la Administración Públicas, por los órganos superiores sobre los subordinados. El Ministro sobre sus Directores.
- CONTROL DIRECTO: El que ejerce los particulares sobre los actos de la Administración Pública a través de los Recursos Administrativos.
- CONTROL JUDICIAL: El que se ejerce ante los Tribunales de Justicia. Es el medio de control de los órganos administrativos. Ejemplo: El Recurso de lo Contencioso Administrativo.
- CONTROL CONSTITUCIONAL: El que ejerce la Corte de Constitucionalidad para que en la Administración Pública no se violen con sus actos los preceptos y garantías constitucionales.
- CONTROL PARLAMENTARIO: El que ejercita el Congreso de la República a través de la interpelación, se le denomina también juicio político o interpelación.
- CONTROL AL RESPETO DE LOS DERECHOS HUMANOS: Se realiza por una figura nueva creada por la Constitución y recae en dos órganos: La Comisión de los Derechos Humanos del Congreso y un órgano que depende del Congreso que es el Procurador de los Derechos Humanos.
- CONTROL DEL GASTO PÚBLICO: Está a cargo de la Contraloría General de Cuentas, la cual es una institución técnica, descentralizada, con funciones de fiscalización y ejecución del presupuesto general de ingresos y egresos del estado.
- EL CONTROL SOCIAL: es el conjunto de prácticas, actitudes y valores destinados a mantener el orden establecido en las sociedades. Aunque a veces el control social se realiza por medios coactivos o violentos, el control social también incluye formas no específicamente coactivas, como los prejuicios los valores y las creencias.
- EL CONTROL GUBERNAMENTAL: debe considerar temas como la rendición de cuentas, la medición del desempeño, la transparencia de la gestión y la relación entre la burocracia pública y la sociedad a la que representa (expresada en alguna modalidad de participación ciudadana).
Entonces podemos concluir que: El control es un elemento del proceso administrativo que incluye las actividades que se emprenden para garantizar que las operaciones reales coincidan con las operaciones planificadas. Puede ser considerado como uno de los más importantes para una óptima labor.
El control es la función administrativa por medio de la cual se evalúa el rendimiento, que incluye todas las actividades que se emprenden para garantizar que las operaciones reales coincidan con las operaciones planificadas.
Para una mejor compresión sintetizada puede visualizar el siguiente mapa conceptual sobre los tipos de control.





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